Decreto
No. 1.635 del 27 de febrero de 1974.
Gaceta Oficial No. 30.342 del 02 de marzo de 1974.
Plan
de Ordenamiento y
Reglamento de Uso:
Decreto
No. 2.341 del 05 de julio de 1992. Gaceta Oficial No.
4.548 del 26 de marzo de 1993.
Ecosistemas
protegidos y
atractivos naturales relevantes:
Cerros
cubiertos por herbazales y arbustales litorales.
Monumento Histórico en conmemoración a la Batalla de
Matasiete.
Atractivos
turísticos:
Son
dos cerros orientados en sentido sur-norte, separados
por una depresión. El Cerro Guayamurí, al norte
tiene forma cónica semejante a un volcán y una
altitud de 480 metros. El Cerro Matasiete, al sur, célebre
por la batalla realizada durante la independencia,
alcanza una altura de 680 metros. Posee un alto valor
paisajístico.
Actividades
permitidas:
Observación
de la naturaleza, excursiones, caminatas,
investigaciones científicas.
Actividades
prohibidas:
La
caza con fines deportivos o comerciales. La tala y
quema de cualquier forma de vegetación. La extracción
de especimenes de flora y fauna. Encender fogatas. La
venta o consumo de bebidas alcohólicas. El porte de
armas blancas y de fuego. Competencias deportivas que
reúna gran número de personas. La circulación de
vehículos y motocicletas.
Horarios
y tarifas:
No
están establecidas. Se recomienda visitar el
monumento en horas diurnas.